La neutralidad de la red sigue a salvo en la Unión Europea. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha interpretado por primera vez el Reglamento correspondiente (2015/2120) y lo ha hecho para consagrar los derechos de los usuarios y del "trato no discriminatorio del tráfico".
Desde hace años hay operadores de telefonía que ofrecen tarifas especiales con paquetes de datos ilimitados para consumir en determinados servicios y aplicaciones. Es el caso de la operadora Telenor, en Hungría. A través de la Oficina de Medios y Comunicaciones se le informó que no respetaban las normas de la neutralidad de la red. La compañía recurrió y finalmente hoy el Tribunal de Justicia ha comunicado cómo debe aplicarse el Reglamento.
El TJUE ha dictaminado que los operadores no pueden dar preferencia a determinados servicios sobre otros en el uso de los datos. Es decir, aquellas tarifas que permiten acceder a aplicaciones como Spotify, Netflix o WhatsApp sin consumir datos no cumplirían con la neutralidad de la red y serían por tanto ilegales dentro de la Unión.
Según explica el TJUE, la "tarifa cero" con los paquetes 'MyChat' y 'MyMusic' que propone Telenor, aplica medidas de bloqueo o ralentización del tráfico una vez sobrepasados los datos iniciales, salvo para determinadas aplicaciones que quedan excluidas.
The #ECJ interprets, for the first time, the #EU regulation enshrining #InternetNeutrality with regards to the #Internet users? rights#
— EU Court of Justice (@EUCourtPress) September 15, 2020
Estas limitaciones y restricciones no están basadas en diferencias objetivos de requisitos técnicos, sino en "consideraciones de índole comercial".
"Las exigencias de protección de los derechos de los usuarios de Internet y de trato no discriminatorio del tráfico se oponen a que un proveedor de acceso a Internet dé preferencia a determinadas aplicaciones y determinados servicios mediante ofertas que concedan a esas aplicaciones y servicios una «tarifa cero» y sometan la utilización de las demás aplicaciones y servicios a medidas de bloqueo o de ralentización".
El Tribunal añade que estos paquetes de datos pueden hacer "crecer el uso de las aplicaciones contempladas en los distintas ofertas", en detrimento del resto de servicios no integrados en ellas. A este respecto, entiende que no es necesaria ninguna evaluación de la incidencia de las medidas de bloqueo.
Se trata de la primera interpretación a nivel europeo y la primera consagración del reglamento que regula la neutralidad de la red. Es relevante porque esta sentencia queda vinculada al resto de tribunales de los Estados miembros y sienta jurisprudencia al respecto.
En España también existen tarifas que ofrecer datos ilimitados para determinadas aplicaciones. Es el caso de los bonos Gigas Sin Fin +música, +social,+ vídeo de Euskaltel o de Vodafone Pass, disponible desde mediados de 2017. Con este servicio de Vodafone es posible utilizar redes sociales, vídeo, música o mapas de forma ilimitada, pagando una cantidad extra al mes. En cada una de las categorías se especifican los servicios concretos que permiten este uso ilimitado.
En opinión de expertos como Sergio Carrasco, jurista de Fase Consulting, el principal problema de estas tarifas cero es que "se habían vendido como compatibles con la neutralidad de la red". Una postura que en base a los criterios reafirmados por el TJUE no parece ser así. Según Carrasco, esta sentencia puede afectar directamente a tarifas como Vodafone Pass ya que "la de Telenor del caso es muy similar".
Desde Vodafone, hoy se ha anunciado un incremento de hasta 3 euros en las tarifas de antiguos clientes a cambio de datos ilimitados para todos.
En respuesta a Xataka, Vodafone explica que el uso de tarifas como Vodafone Pass es "residual", aunque al ser una tarifa bastante reciente por el momento seguirá activa. Si bien, la operadora explica que con el paso a datos ilimitados para todos los usuarios, estas tarifas cero dejan de ser tan atractivas. Vodafone se encuentra analizando la interpretación del Tribunal de Justicia europeo y facilitará un comunicado en cuanto lo hayan estudiado.
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