La ola de despidos de Twitter, que Elon Musk ha justificado por la compleja deriva económica de la compañía, con unas pérdidas diarias que ha cifrado en cerca de cuatro millones de dólares, llega al otro lado del Atlántico. O al menos su sombra. Ayer la agencia EFE publicaba que sus empleados en España temen ?la extinción? de la plantilla, conformada por una treintena de personas.
El recelo lo había motivado ?detallan los trabajadores de la empresa a EFE? un correo que ha llegado a todos los empleados activos en el país con dos claves: en él se les informa del recorte de plantilla en la compañía y se les emplaza a recibir un nuevo comunicado sobre el tema.
Entre el material que les llegó figuraba también un documento sobre indemnizaciones, legislación y algunas pistas del alance del tijeretazo a nivel global: se aproximará al 50%. Sus sospechas pasaban por que la compañía prescindiese de la plantilla en España para desviar la gestión a Irlanda.
Desde entonces varios sindicatos han deslizado que los despidos ya se habrían sustanciado en España. Uno de los primeros en dar la voz de alarma fue Unai Sordo, secretario General de CCOO, que ayer por la noche aseguraba que ?casi todos los trabajadores? de la compañía han recibido ?un correo con su despido?. En un mensaje lanzado vía Twitter, Sordo les ofrece asesoramiento, incluyendo incluso un correo específico habilitado para los despedidos de la compañía.
Mensaje similar ha publicado esta misma mañana Pepe Álvarez, Secretario General de UGT. ?Nos llega que TwitterSpainSL despide sus 26 trabajador@s por correo. En nuestro país debe hacerse como despido colectivo, requiere abrir periodo de consultas, negociar 15 días y comunicarlo a la autoridad laboral. No hacerlo así convierte los despidos en NULOS?, recalcaba el directivo.
Álvarez pone el acento en una de las claves del proceso en España: las pautas que debe seguir Musk si quiere evitar ?como advierte el responsable de UGT? que el despido acabe anulado.
?La empresa tendrá que readmitir a tod@s los despedid@s. UGT se pone a disposición de los afectados para impugnar colectivamente y denunciará ante inspección de trabajo la actuación de la empresa?, abunda Álvarez, que concluye: ?Un estado social y de derecho no puede permitir que un señor, por muy rico que sea, deje a las personas sin trabajo pisoteando sus derechos".
Parece ser que a las 17:30 de ayer casi todos los trabajadores de Twitter España recibieron un correo con su despido.
— Unai Sordo (@UnaiSordo) November 5, 2022
Si queréis contar con el asesoramiento de #CCOO para afrontar la situación, dirigíos a esta cuenta:
despedidostwitter@ccoo.es
Se agradece difusión. pic.twitter.com/t6s8y9NJ03
??Nos llega que TwitterSpainSL despide sus 26 trabajador@s por correo. En nuestro país debe hacerse como despido colectivo, requiere abrir periodo de consultas, negociar 15 días y comunicarlo a la autoridad laboral. No hacerlo así convierte los despidos en NULOS.
— Pepe Álvarez (@SG_UGT) November 6, 2022
Abro hilo?1/4 pic.twitter.com/LFrcwDGtgN
El sindicato no es el único que ha advertido de los requisitos que debe cumplir la compañía. Fabián Valero, socio director de Zeres Abogados y especialista en derecho laboral, recuerda que en España y el conjunto de la Unión Europea los despidos colectivos están sometidos a ?una serie de requisitos formales y garantías? que buscan evitar precisamente que se haga un uso abusivo o injustificado.
En el caso de España estarían regulados por el artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores, que aclara que despido colectivo es aquel en el que se da una extinción de contratos fundada en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción y que ?durante 90 días? afecta a cierto volumen de empleados, como el 10% en las firmas de entre 100 y 300 trabajadores.
Puede Elon Musk despedir a toda la plantilla de Twitter España tan alegre y fácilmente como se está comentando en redes sociales. Pues no. Lo explico en este hilo.
— Fabián Valero ?? (@FabianValeroABG) November 5, 2022
Además de detallar las causas que deben concurrir en cada uno de los supuestos contemplados, el artículo aclara que el despido ?deberá ir precedido de un período de consultas con los representantes legales de los trabajadores de una duración no superior a 30 días naturales?, un lapso temporal que desciende a 15 en el caso de las empresas con menos de medio centenar de empleados.
?El periodo de consultas tiene como finalidad evitar o al menos reducir los efectos del despido colectivo. La negociación no puede consistir en un trágalo para los trabajadores?, abunda Valero en un extenso hilo sobre los requisitos que debe cumplir el proceso, y advierte: ?Si no hay acuerdo las posibilidades de que el despido se declare nulo son mucho más elevadas, ya que a las impugnaciones individuales se sumarán probablemente las sindicales?.
Imagen de portada: Souvik Banerjee (Unsplash)
.